¿Cómo afecta la inminente Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a las Clausulas Suelo de las Hipotecas?

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Daniel López Vivas

Profesional volcado en el trato a sus clientes, dedicándose de manera exclusiva a la práctica de la Abogacía y prestando por igual servicios tanto a empresas como particulares.

En la batalla que estamos teniendo los Abogados españoles en la defensa de nuestros clientes de los abusos que los Bancos han realizado en los últimos años, ha habido recientemente un día de especial importancia.

Concretamente estamos hablando del 25 de Abril de 2.016, fecha en la que tuvo lugar el juicio definitivo referente al tema de las Clausulas Suelo, ya que la sentencia que se dicte en ese procedimiento, es trascendental para este asunto.

Así, muchos ojos se posaron durante unos días en el pequeño país de Luxemburgo, que es donde se encuentra la sede de ese Tribunal, ya que estima que en ese procedimiento la Banca Española se está jugando unos 10.000 millones de Euros.

Cada 2 por 3 se publican en prensa sentencias de este tema. ¿Por qué es tan importante esta sentencia en concreto?

Porque estamos hablando de la última instancia que hay en la Unión Europea y por tanto no cabe recurso.    Es decir, aquí acaba este tema, por lo que después de dictarse esa Sentencia, los Abogados ya vamos a saber exactamente a qué atenernos, cuando los clientes acudan al despacho a preguntarnos por estos temas.

Y es que en este procedimiento, que viene de una consulta prejudicial de un Juzgado de Granada, se va a determinar la fecha desde la que la Banca tiene que devolver lo cobrado indebidamente por la Cláusula Suelo, ya que ese tipo de cláusulas fueron declaradas Nulas por el TS.

Así, se debe determinar si procede la devolución desde Mayo de 2.013, como dictaminó el Tribunal Supremo o bien desde el aproximadamente el año 2.009, que fue cuando la bajada de los tipos, provocó que los bancos activaran las Clausulas Suelo, que se encontraban durmientes hasta ese momento.

Es decir, en esa Sentencia se va a determinar, si esa Cláusula Suelo hay que declararla Nula con efectos retroactivos.

¿Para cuándo se espera la Sentencia?

La estamos esperando para finales del año 2.016, ya que obviamente son asuntos muy complejos.

Solo hay que imaginar la defensa que van a hacer los bancos en un procedimiento en el que se juegan 10.000 millones de Euros, para entender la complejidad de la cuestión.

-¿Se están jugando mucho dinero con esa sentencia las personas que tienen clausula suelo?

Se estima que si se declara que hay que devolver el dinero cobrado indebidamente desde el año 2.009, la cantidad media a devolver, puede rondar entre los 6.000 y 9.000 €.- por hipoteca.

Pensemos en una Hipoteca de 120.000 € a 25 años, que puede ser una más o menos típica, con un diferencial de 0.80 %.

Con el Euribor actual, estaría pagando 440 € al mes, mientras que con una Clausula Suelo al 3,5 %, que suele ser de las habituales, pagaría 600 € al mes, o sea 160 € más al mes; o lo que es lo mismo, 1.920 € al año.

Eso en un solo año, pero hay que pensar que el Euribor ha bajado mucho en los últimos tiempos.   Por ejemplo, en el año 2.000, llegó a estar al 5,2 %, mientras que tal y como he dicho, ahora está al 0,1%, siendo el máximo alcanzado en Octubre de 2.008, al llegar hasta 5,5 %.

Es decir, estamos hablando de una bajada de 5 puntos porcentuales en unos 8 años, lo cual es una barbaridad, por lo que como ya he dicho, si el lector no ha notado una bajada muy fuerte estos últimos años en la cuota de la hipoteca, pese a tener su préstamo referenciado al EURIBOR, es muy posible que este afectado.

-¿Se puede reclamar ya?

Bajo nuestro criterio, no hace falta esperar a esa sentencia para poder reclamar. De hecho, en estos últimos años se han presentado muchos procedimientos de los cuales tratándose de particulares, se ganan prácticamente todos.

Lo que estamos haciendo actualmente es reclamar la devolución desde Mayo de 2.013, pero con una Expresa Reserva de Acciones Civiles, por si cambia la Jurisprudencia.

Es decir, desde el momento en el que estamos reclamando solamente por ese periodo, en caso de que la Sentencia del TJUE sea favorable a los hipotecados, bastará con reclamarle al banco mediante una carta la cantidad restante y creemos que será suficiente, por lo que en LOPEZ VIVAS ABOGADOS, no creemos que haga falta ir de nuevo al Juzgado.

Para facilitarle a los clientes la posibilidad de acudir a un Abogado a reclamar sus Derechos, en LOPEZ VIVAS ABOGADOS, como Abogados con Despacho en Cáceres especialistas en Derecho Bancario y en Clausula Suelo, tanto la Primera Consulta como la Reclamación de la Cláusula Suelo son gratuitas, ya que será el Banco el que nos abone los Honorarios al perder el pleito, prestando servicio en Todo el Territorio Nacional.

Para saber la cantidad exacta que se puede reclamar al Banco, adjuntamos una calculadora del Diario El Mundo, que lo calcula de manera personalizada para cada hipoteca: 

http://www.elmundo.es/economia/2016/04/08/5707e5c522601dbb788b45a1.html

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