¿Se puede reclamar la devolución de la Plusvalía?

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Daniel López Vivas

Profesional volcado en el trato a sus clientes, dedicándose de manera exclusiva a la práctica de la Abogacía y prestando por igual servicios tanto a empresas como particulares.

Se puede en ciertos casos, en virtud de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 16 de Febrero de 2.017, ratificada en otra de 11 de Mayo del mismo año, que afecta al Impuesto de la Plusvalía, también conocido como Impuesto al Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Ese tributo, del que ya hablamos en otro artículo, grava cualquier operación por la que se transmita un bien inmueble, siempre y cuando este sea urbano y el ayuntamiento donde se encuentre el inmueble cobre este impuesto, ya que es potestad de ese Ayuntamiento, decidir si lo liquida o no.

Esas sentencias, van a permitir a mucha gente reclamar, porque establecen que sólo procede pagar la Plusvalía en los casos en los que el precio del inmueble se haya incrementado.

Pensemos, que en España, los precios de la vivienda han bajado en los últimos tiempos y si se compró la propiedad en pleno boom inmobiliario, es posible que haya perdido gran parte de su valor. Sin embargo y pese a perder valor, los Ayuntamientos venían exigiendo el pago del Impuesto, por lo que nos encontrábamos con que pese a no haber obtenido ninguna Plusvalía, se nos cobraba igualmente.

Pues por suerte para los afectados, esas resoluciones declaran que es inconstitucional que te cobren la Plusvalía si el inmueble ha perdido valor, por lo que le da la posibilidad de reclamar la devolución a los que hayan pagado ese Impuesto pese a haber tenido pérdidas de valor.

Eso sí, hay que tener en cuenta que como consecuencia de la prescripción, sólo podrán reclamarse por las operaciones realizadas en los últimos 4 años.

¿Cómo se reclama?

Inicialmente hay que presentar un escrito solicitando al Ayuntamiento la devolución de las cantidades pagadas por el Impuesto.

Cuando el ayuntamiento nos niegue que el pago, que es la forma habitual de proceder, habrá que presentar Recurso de Reposición, que tiene un plazo de 30 días. No obstante, hay que decir que ese Recurso no es obligatorio, por lo que también podremos ir directamente al Juzgado de lo Contencioso, sin haberlo presentado.

Esa es una de las vías, ya que la otra es acudir al Tribunal Económico Administrativo competente e igualmente, cuando nos denieguen la reclamación, acudir a la vía judicial, que es donde realmente se nos va a reconocer la existencia de esa sentencia del TC.

¿Cómo acreditamos que no se ha incrementado el valor?

Pues en este caso, será necesario solicitar una valoración a una empresa de tasaciones, para acreditar que el valor de la propiedad ha disminuido.

Y es que la única forma que tenemos de demostrar esa pérdida de valor, es que un profesional, que suele ser un arquitecto o un aparejador, nos diga cuánto vale la propiedad.

¿El Ayuntamiento de Cáceres esta devolviendo los recibos?

Lo cierto, es que no, ya que aunque la Alcaldesa dijo a finales de Mayo que se devolverían, no ha aclarado ni mediante que procedimiento, ni en qué plazo.

De hecho, el Ayuntamiento espera a que se modifique la Ley de Haciendas Locales, para devolver esas cantidades, no habiendo noticias de cuando se procederá a la devolución, por lo que a efectos de que no se pase el plazo de 4 años, en LÓPEZ VIVAS ABOGADOS estamos recomendando reclamar cuanto antes.

Pensemos que el ayuntamiento tiene presupuestado para el 2.017, obtener el 5% de sus ingresos a través de la Plusvalía, aproximadamente un total de 1,8 millones, por lo que es mucho dinero el que sale de este Impuesto.

¿Se sabe cuantos afectados puede haber en Cáceres de este tema?

De acuerdo al estudio realizado por una empresa de Tasaciones, se puede decir de que solamente en compraventa, es decir, dejando fuera a las Herencias, estaríamos hablando de 3.600 familias afectadas en la provincia de Cáceres.

En LOPEZ VIVAS ABOGADOS desde nuestro Despacho en Cáceres, estamos especializados en reclamar la Plusvalía.

De cualquier forma, nuestra Primera Consulta es Gratuita, actuando en Todo el territorio nacional.

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