Valores Santander

LÓPEZ VIVAS ABOGADOS

Valores Santander

Los conocidos como Valores Santander, fueron puestos en el mercado por el Banco Santander en el año 2.007, por un valor total de 7.000 millones de Euros.

El objetivo de esa emisión, era que el Banco español se capitalizara para poder hacer frente a la adquisición ABN AMRO, una Entidad Financiera holandesa.

Para convencer a los particulares de la adquisición de los Valores Santander, se ofrecía un alto interés, que ascendía al 7,3% durante el primer año y a un mínimo del 2,75% más el EURIBOR, en el segundo año.

Sin embargo, como ha sucedido con otros productos que han sido comercializados por las Entidades Financieras en los últimos años (PreferentesSubordinadas, etc…), no se explicaban debidamente las condiciones del producto a los clientes, por lo que éstos pensaban que estaban contratando algo parecido a un plazo fijo, cuando era todo lo contrario.

Y es que esos valores, finalmente eran canjeados por acciones del Banco Santander sometidas a cotización en Bolsa, por lo que con la caída del valor de las acciones, los clientes perdieron un 55% de la inversión, sin ser en definitiva conscientes en la mayor parte de los casos, de que el producto que estaban adquiriendo, se iba a transformar en acciones.

Cabe recordar que por la emisión de los Valores Santander, la CNMV le ha impuesto sanciones millonarias al Banco Santander. Sin embargo, el Regulador ha deja totalmente desamparadas a las personas que compraron esos valores, habiendo perdido muchas de ellas la mayor parte de sus ahorros.

Si bien las reclamaciones por los Valores Santander no son nuevas, ya que había pronunciamientos judiciales de todo tipo, desde mediados de 2.016 las Audiencias Provinciales están empezando a dar la razón en masa a los particulares, puesto que se están endureciendo las condiciones que el Tribunal Supremo le exige a los Bancos, para poder vender en el mercado minorista estos productos tan complejos.

Sin embargo, hay que tener el cuenta que el plazo para reclamar finaliza el 4 de Octubre de 2.016, al cumplirse 4 años desde la fecha del canje obligatorio de las acciones, por lo que los afectados deben actuar con la máxima diligencia para poder efectuar la reclamación.

En LOPEZ VIVAS ABOGADOS, como  Abogados especializados en Derecho Bancario, desde nuestro despacho de Cáceres, podemos ayudarle a recuperar el dinero perdido, debiendo recordar que la Primera Consulta es Gratuita y Solamente Cobramos si Ud. Cobra.

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